Boletín Jurídico Implementación reducción jornada laboral

Por medio de la Ley 2101 de 2021 el Congreso de la República determinó la reducción de la jornada laboral en Colombia, estableciendo una disminución gradual en el número de horas que los trabajadores deben laborar a la semana.

Si bien esta norma tiene fecha de expedición el 15 de julio del año 2021, sus efectos son graduales, toda vez que permite que las empresas la implementen de forma escalonado a partir del año 2023.

Aquí te contamos los puntos importantes que debes tener en cuenta de esta norma:

1. La jornada máxima laboral en Colombia pasará de 48 horas a 42 horas a la semana, la cual se podrá distribuir en 5 o 6 días a la semana.

2. La jornada laboral semanal para menores de edad tendrá condiciones especiales:

• En adolescentes mayores de 15 y menores de 17 años, la jornada deberá ser máximo de 6 horas diarias y 30 horas a la semana, con una realización de labores que no podrá exceder el horario de finalización a las 6:00pm.

• En adolescentes mayores de 17 años y menores de 18 años, su jornada laboral máxima será de 8 horas al día y 40 horas a la semana, pudiendo laborar como máximo hasta las 8:00pm.

3. Entre empleador y trabajador se podrán convenir turnos de trabajo sucesivos que permitan que la empresa o secciones de esta tengan una operación sin interrupción, en turnos máximos de 6 horas al día y 36 horas a la semana.

4. El empleador y trabajador podrán concertar que la jornada laboral de 42 horas a la semana se realice mediante jornada laboral flexible, es decir, se pueda distribuir jornada en máximo 6 días a la semana, laborando cada día entre 4 y máximo 9 horas al día, sin que

esto genere recargos por trabajo en horas extras, siempre y cuando no se superen las 42 horas laborales en la semana.

5. La implementación de dicha reducción de la jornada laboral será de forma escalonada, es decir, la norma permite que cada año se vaya reduciendo la jornada laboral semanal establecidas en las empresas y sitios de trabajo así:

• A partir del 15 de julio de 2023 la jornada laboral semanal debe tener una duración máxima de 47 horas a la semana.

• A partir del 15 de julio de 2024, la duración de la jornada laboral semanal será de 46 horas a la semana.

• A partir del 15 de julio de 2025, la jornada laboral semanal en Colombia tendrá una duración de 44 horas a la semana.

• Finalmente, a partir del 15 de julio de 2026, la jornada laboral semanal en Colombia se establecerá de máximo 42 horas a la semana.

6. Los empleadores podrán decidir si implementan la reducción de la jornada laboral de forma gradual o podrán adoptar la jornada laboral semanal de 42 horas de forma inmediata.

7. El cumplimiento de esta norma no solo evita al empleador riegos de requerimientos judiciales y administrativos por los diferentes entes de control, sino que permite a la empresa exonerarse de:

i. Del deber de destinar 2 horas a la semana dentro de la jornada laboral de aquellos trabajadores que laboren 48 horas para actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación. Esta exoneración podrá ser proporcional cuando se acoja la reducción de la jornada de forma gradual.

ii. Del reconocimiento de un día semestral remunerado de la familia para los trabajadores. A esta exoneración podrá acceder las empresas cuando reduzcan su jornada laboral a 42 horas a la semana.

Para tener en cuenta:

La nueva intensidad horaria en las jornadas laborales semanales no implica en ningún momento reducción en los salarios y prestaciones sociales a recibir por parte del trabajador, por lo cual se debe seguir garantizando los derechos de los colaboradores.

Para concluir, no olvides dar aplicación a esta norma antes del 15 de julio de 2023.

Desde CONEXIÓN LEGAL ABOGADOS CONSULTORES quedamos atentos para atender y resolver las inquietudes que puedan presentar y apoyar las gestiones que desde la compañía requieran.

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DIANA MARIA SANCHEZ PIZARRO

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Abogada especialista en Derecho Laboral y Relaciones Industriales de la Universidad Externado de Colombia, especialista en Gerencia de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

Con experiencia de más de siete (7) años en litigio y asesoría empresarial en Derecho Laboral, Seguridad Social y Talento Humano.

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DIEGO CASTAÑEDA MORALES

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Abogado Magister en Derecho de la Universidad EAFIT y especialista en Responsabilidad Civil y Seguros de la Universidad Pontificia Bolivariana. Docente de cátedra por más de cuatro (4) años de Seguros y Procesal civil en la Universidad de Colombia. Con experiencia de más de diez (10) años en la coordinación de litigios en las áreas de Responsabilidad civil contractual y extracontractual, y Derecho de Seguros.