¿Podría estar usted o sus colaboradores recibiendo
menos pensión de la que realmente les corresponde?


PENSIÓN EN EL RÉGIMEN DE PRIMA MEDIA: ¿1.800 SEMANAS U 80% DEL IBL?

 ¿Cómo se calcula la pensión de vejez en Colombia? Deben cumplirse 2 requisitos, uno de edad y el otro de semanas cotizadas:  

Requisitos que se deben cumplir para acceder a la pensión de vejez 

  • Mujeres: cumplir 57 años y haber cotizado mínimo 1.300 semanas. 
  • Hombres: Cumplir 62 años y cotizado mínimo 1.300 semanas. 

Cálculo  

La fórmula para calcular la pensión de vejez en el Régimen de Prima Media (COLPENSIONES) es la siguiente: 

Pensión=IBL × Tasa de reemplazo 

Para llevar a cabo dicho cálculo se debe tener en cuenta lo siguiente:  

Ingreso Base Liquidación (IBL): Es el promedio de los salarios sobre los cuales la persona ha cotizado en los últimos 10 años o durante toda su vida laboral, según sea más beneficioso para el afiliado. (Art. 21 Ley 100 1993).  

Tasa de reemplazo:  La pensión de vejez parte de un 65% del IBL con el cumplimiento de las semanas mínimas requeridas, en este caso 1300 semanas cotizadas (Ley 797 de 2003). 

Incrementos por semanas adicionales: Si se cotizan más de 1.300 semanas, el porcentaje de reemplazo aumenta 1.5% por cada 50 semanas adicionales hasta un tope del 80% del ingreso base cotización.  

 

¿Qué ha dicho Colpensiones? 

Colpensiones ha establecido que, para calcular la pensión, solo se tiene en cuenta un máximo de 1.800 semanas al aplicar los incrementos en la tasa de reemplazo. Esto implica que aun cuando un afiliado haya cotizado más semanas, no se le reconocen incrementos adicionales en su porcentaje de pensión después de este límite, reduciendo la posibilidad de llegar a una tasa de reemplazo del 80% a muchas personas.  

¿Qué ha dicho la Corte Suprema de Justicia? 

La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia ha sido clara en señalar que las semanas adicionales a las 1800 no pueden ser desconocidas, ya que la norma permite incrementar el porcentaje de reemplazo hasta el 80% del IBL, sin que esto esté limitado a un número específico de semanas. 

En otras palabras, vía proceso judicial es posible pretender la reliquidación de la pensión para que sean consideradas semanas adicionales a las 1800 y así obtener una pensión mayor.  

¿Qué puedo hacer si ya estoy pensionado/a? 

Si Colpensiones ya liquidó la pensión aplicando un límite de 1.800 semanas habiendo cotizado una cantidad mayor, sin tener en cuenta que aún no se había llegado al límite del 80% del IBL, vía proceso judicial se puede formular una demanda y solicitar la reliquidación de la pensión y el reconocimiento del retroactivo pensional causado.  

Finalmente, desde CONEXIÓN LEGAL ABOGADOS CONSULTORES nos encontramos disponibles para atender y resolver las inquietudes que puedan presentarse y apoyar las gestiones que desde la compañía requieran.